Certificado de Residencia

Vecinos/as, cuando usted necesite un certificado de residencia nos debe enviar un correo a: brisasdelaribera@gmail.com, indicando Certificado de residencia, en el texto informar datos nombres, apellidos, run y dirección, el costo de este documento es de $2.000 pesos, si usted no es socio/a, pero si usted es socio/a, este será gratis.

Usted puede inscribirse como socio/a, en las reuniones que realizamos trimestral mente o en las actividades que realizamos durante el año. 

Bono de cooperación de Sede Social

Comunicamos que, para solicitar la sede social, usted debe enviar un correo a brisasdelaribera@gmail.com, con copia karina.segurafuentealba@gmail.com, en asunto: Solicitud sede social.

Solo se está prestando a los socios al día en sus cuotas sociales o estén regularizando su tema, el valor son $35.000 mil pesos (bono de cooperación), cuenta a la fecha con: 1 refrigerador, 1 cocina, 1 microondas, 1 equipos de música, 1 TV, 10 mesas plegables, 3 mesas chicas y 1 de madera, 1 lavaplato, 1 banca, 25 sillas, calefacción a pellet, quincho y un pancho, los baños están equipado con dispensadores de; confort y toallas de papel, y jabón.

Toda persona que coopera debe dejar $20.000 mil pesos de garantía en caso de daños.

La Sede Social está ubicada en pasaje Trial N° 680.

Fonos del Plan Cuadrante 2, Las Animas

Plan cuadrante Fonos: 9 76691838 y guardia Las Animas 9 81885228, este funciona  en el siguiente horario 8:00 a 20:00.

 

Publicaciones de publicidad en Facebook

Informamos que toda publicación que quieran publicar en Facebook, debe venir indicado; dirección, teléfono y foto del producto, ej: si publica venta de cómoda, adjunte foto y dirección, publicación de un pequeño negocio ej: venta de comida a domicilio, este tipo de publicidad debe cancelar $5.000 pesos mensuales, ya que generan ganancias a quien publica (es un pequeño negocio), por lo tanto se realizará más de una publicación en Facebook (2 semanal) y Twitter (1 semanal), esto por acuerdo de la asamblea de socios del 05-12-2017. Publicada en este portal 06-12-2017. 

Recuerde que el pago de su publicidad, nos ayuda a financiar pequeños gastos y ahorrar para financiar proyectos.

Reglamento de uso y solicitud de la sede social

EGLAMENTO INTERNO PARA EL USO Y FUNCIONAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA DE SEDE SOCIAL

“JUNTA DE VECINOS N° 96 BRISAS DE LA RIBERA”

CAPITULO I: DE LA NATURALEZA Y SUS FINES.

 

Artículo 1.- La Junta de Vecinos N° 96 Brisas de la Ribera, organización social, deportiva y cultural, sin fines de lucro, cuyo objetivo principal es defender y cuidar los derechos de sus asociados, así también la de promover diferentes actividades tanto en el ámbito social, deportivo y cultural, para beneficio de los mismos de acuerdo  como lo establecen los estatutos de la organización Vecinal.

Artículo 2.- La Sede Social es un complejo cuyo fin es proporcionar a todos sus asociados, un lugar de sano esparcimiento que permita una mejor interrelación entre sus socios y la realización de múltiples actividades.

Artículo 3.- El presente Reglamento constituye en su conjunto, normas y principios que controlan y reglamentan su funcionamiento y los procedimientos que regulan las relaciones entre sus asociados, lo cual determina derechos, obligaciones y responsabilidades. 

Artículo 4.- La Sede Social BRISAS DE LA RIBERA es de todos y cada uno de sus afiliados, se regirá por normas de carácter general a través de sus órganos de dirección establecidos.

  • La Organización pone a disposición de sus socios y amigos todos los salones e infraestructura disponible para reuniones del tipo comunitario y para actividades sociales privadas, en ambos casos se seguirán los procedimientos convenidos.

 

Artículo 5.- Toda situación no prevista ni contemplada en el presente Reglamento será resuelta por el Directorio de la Unidad Vecinal.

 

CAPITULO II: DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ASOCIADOS.

DERECHOS DE LOS ASOCIADOS

 

Artículo 6.- Todos los socios tienen los siguientes derechos:  

 

a) Asistir y usar libremente las instalaciones de la Sede en actividades comunes, rigiéndose por las normas y procedimientos establecidos en este Reglamento.

b) Participar de todos los eventos programados por la organización, sean estos de carácter social o cultural.

c) Todos los socios/as activos (se entiendo por activo que asistan a las reuniones y tengan sus cuotas sociales al día) podrán solicitar y hacer uso exclusivo de las instalaciones previa solicitud de reserva por escrito, vía mail u otro medio contemplado, dirigida al administrador (directiva) de la sede social.

d) En caso de presentarse dos o más solicitudes para el mismo día y hora, se dará prioridad a la primera solicitud que se hubiese presentado, de acuerdo al estado de socio, asistencia a reuniones, cuotas al día, según acuerdo de asamblea.

e) Los asociados tienen derecho a solicitar el uso de la sede previo pago del monto de $ 30.000 mil pesos La modalidad de pago será: cancelar el 50% del valor al momento de la reserva y el 50% restante al momento de recibir el local. Se solicitará en todo evento una garantía, que para los socios/as, es de $20.000 mil pesos en caso de daños o no realización de aseo.

f) Los ingresos generados por dicha cuota serán destinados íntegramente al pago  de gastos comunes, reparación, reposición y adquisición de material y lo que la Unidad Vecinal estime conveniente.

 g) Los activos como: mesas, sillas, equipos de música, TV, ordenadores y cualquier otro equipo y/o material de la sede no podrán ser utilizados fuera de las instalaciones de la misma, salvo por la Unidad Vecinal. 

 

 h) El asociado que haya solicitado la sede para uso con uno o varios invitados ajenos a la asociación y que se le hubiere concedido la sede, será el directo responsable de cualquier deterioro que causaren sus invitados en las instalaciones, muebles y enseres, y todo lo concerniente al patrimonio social, debiendo cubrir el resarcimiento de los daños causados al momento de hacer entrega de la sede a su administrador (garantía). Deberá estar en conocimiento del Reglamento de uso de la sede.

i) El horario para eventos sociales privados será:

   De domingo a jueves: entre 09:00 horas a 23:00 horas.

  -  viernes y sábado: entre 10:00 horas y 03:00 horas.

  La entrega de la sede se coordinará con el encargado de ésta, debiendo siempre ser entregada limpia y ordenada.

 

OBLIGACIONES DE LOS ASOCIADOS

 

Artículo 7.- Son obligaciones de los asociados las siguientes:

a) Acatar y cumplir fielmente todas las disposiciones contempladas en el presente Reglamento, así como también disposiciones complementarias aprobadas en asambleas a instancia de la Unidad Vecinal.

b) Cooperar en todo lo que esté a su alcance en la conservación, mantenimiento y cuidado de la sede social.

c) Guardar la debida compostura, respeto y buenas costumbres demostrando madurez en todos los actos.

d) Mantener y fomentar las relaciones de amistad entre los asociados.

e) Regirse estrictamente al horario dispuesto para cada actividad.

 

 

CAPITULO III: DE LA ADMINISTRACIÓN.

 

Artículo 8.- La Sede Social estará encomendada a un miembro de la asociación. La persona designada, será la autoridad que tenga a su cargo la administración de la sede social poniendo el mayor empeño en cuanto al cuidado, mantenimiento y conservación de sus instalaciones, esto en casos de ser arrendada para eventos privados, de no haber encargado quienes son responsables es la directiva. 

 

 

CAPITULO IV: DE LA INFRAESTRUTURA SOCIAL.

 

Artículo 9.- La infraestructura social de la Organización, cuenta con las siguientes dependencias:

 1.- Salón principal

 2.- Cocina

 3.- Baños: general y discapacitados.

 5.- Oficinas

 6.- Áreas verdes

 7.- Quincho

 8.- Área de estacionamiento 8 vehículos.

 9.- 35 sillas platicas y 45 sillas de tela (solo uso exclusivo de la                    Unidad Vecinal)

10.- 6 mesas plegables, 3 mesas chichas, 1 mesa redonda y 1 mesa            de madera.

11.- 1 banca.

12.- 1 calefactor a pellet.

13.- 1 Televisor.

14:- 1 Equipos de música.

15.- 2 dispensadores de toallas de papel y 2 de confort.

 

 

 

CAPITULO V:  INFRAESTRUCTURA SOCIAL.

 

Artículo 10.- La sede de la Organización podrá ser utilizada por los solicitantes de lunes a domingo,  excepto los días en los que la Unidad Vecinal tenga organizado algún evento. Siempre tendrá prioridad una actividad común de la asociación, frente al uso individual de un socio. Está permitida la realización de eventos simultáneos en el salón principal y el quincho  siempre y cuando una actividad no sea molesta para la otra.

 Artículo 11.- El(la) administrador(a) será el encargado de controlar el horario de uso de los ambientes, en coordinación directa con la Junta Directiva de la Villa.

Artículo 12.- Todo equipo o accesorios utilizados deben ser colocados en el lugar de donde fueron tomados, siendo responsabilidad de todo socio/a velar por el mantenimiento del orden y la conservación de los aparatos y el mobiliario. Los usuarios deberán entregar limpias y en óptimas condiciones todas las instalaciones, así como deberán revisar que queden cerradas puertas y ventanas, luces apagadas, llaves de agua y de gas cortado, etc.

 

     Artículo 13.- DISPOSICIONES GENERALES

   Todo socio, solicitante y persona invitada debe cumplir con las siguientes disposiciones.

-  No realizar actos que vayan en contra de las normas y buenas costumbres.

-  Respetar las normas del presente Reglamento.

 - Respetar las normas de seguridad de las instalaciones.

 - Dejar la sede en perfecto estado de orden y limpieza para su posterior uso por otras personas.

- Notificar cualquier desperfecto o anomalía encontrada o producida al administrador de la sede.

-  El arrendatario deberá  llevarse su basura orgánica  a su casa.

 Se prohíbe dejar  bolsas de basura y otros  en el ante jardín o en otros lugares no indicados para ello.

-  Todo arrendatario debe reciclar vidrios, botellas plásticas de bebida y latas de aluminios, (cerveza y bebida) deberán ser depositados en contenedores rotulados para estos efectos que cuenta la organización vecinal.

Vidrios: calle Vicente Carvallo, altura Nº 600

Plásticos: calle Martínez de Bernabé, altura Nº 1600  

Latas de bebida y cerveza: calle Martínez de Bernabé, altura Nº 1600.

- Los usuarios deberán preocuparse de no producir ruidos molestos a los vecinos. 

 

CAPITULO VI: INGRESOS POR ARRIENDOS.

 

Artículo 14.- El (la) Administrador(a) será responsable de todos los ingresos por concepto de arriendos de la Sede debiendo exigir, por tanto, a los socios y usuarios  el pago del importe convenido. Los ingresos generados a la brevedad se entregarán a Tesorería. Para ello se otorgará un talonario de ingresos numerado para este concepto, en triplicado, quedando cada parte con un comprobante.

 

 

  

DIRECTIVA

JUNTA DE VECINOS N° 96 BRISAS DE LA RIBERA

Social, Deportiva y Cultural